EL NUEVO VERBO DESLOCALIZAR

Un nuevo verbo avanza sobre nuestras aceleradas neuronas. La empresa hace sus cálculos económicos descubriendo que le cuesta menos producir en otro sitio distinto del que está instalada y decide irse. Lo hace en un momento. Reúne a los trabajadores, proveedores, clientes, para decirles que se va. Adiós, muchachos.

 

Algunos reaccionan indignados y otros justifican la ilimitada supremacía de la iniciativa económica. En suma, deslocalizar es la cuestión.

 

La verdad es que cuando se trata de la vida de cada uno de nosotros, de nuestro trabajo, de las expectativas de futuro; resulta poco menos que repugnante aceptar la intemperie, de la noche a la mañana. Una cosa es que la empresa se vaya a pique y no haya mas remedio que el cierre o abandono y otra es que el mayor beneficio suponga la sumisión de cualquier otra determinación socialmente más sensible. Pero, esto es el mercado global y si el coste laboral, fiscal, de seguridad social es menos elevado en otros países, con ventajas similares a las que se disfrutan aquí, la deslocalización se convertirá en marea.

 

No puede impedirse a la empresa que se vaya a cualquier otra parte. Pero, convendría pensar si no será oportuno establecer un precio de salida.

 

No bastan las lágrimas y los lamentos ni, tampoco, aceptar el extremo liberalismo como inevitable. La empresa que se crea en un ámbito determinado y durante algún tiempo aprovecha el uso de un mercado; no puede incurrir en desuso automático, aunque tenga pleno derecho, sin previo pago de un precio de salida.

 

No es suficiente liquidar las indemnizaciones laborales, a los proveedores o a los bancos. Hay un pasivo intangible que no puede ignorarse. Cuando Samsung se va es que antes tuvo el beneficio de usar el mercado local, como si fuera parte estable del mismo. Al decidir irse debe compensar el desuso.

 

El desuso es la pérdida que supone la partida de la empresa a los que estaban vinculados a ella. Los trabajadores, los proveedores, los clientes, pero, también, el Estado. No se trata solo de pago de deudas exigibles a consecuencia de la ley o de las obligaciones contractuales. Se trata de fijar la indemnización por el daño emergente.

 

La deslocalización es un indicador de capacidad económica. El hecho de irse, sin otra razón que los menores costes, debe suponer un beneficio gravable equivalente al perjuicio económico y social que se provoca.

 

Es cierto que la deslocalización no puede obstaculizarse ni bloquearse, pero, deberá existir una prima de abandono que sirviera para la continuidad de los que se quedan.

 

La solución, sin embargo, no puede ser nacional, sino, al menos, comunitaria. Pero, aquí se tropieza con contradicciones absurdas. Cualquiera puede irse a Letonia o Estonia a coste fiscal cero o casi, sin dejar de estar en la UE. Por no decir, Irlanda o Luxemburgo.

 

La deslocalización no puede admitirse al estilo del banquero que predica desmontar el Estado del bienestar. Es un tema complejo que, como la responsabilidad medioambiental, debe acompañar la empresa desde su fundación. Cuando se considera que la iniciativa económica supone responsabilidad en su gobierno, en la gestión y con respecto al entorno en que se mueve, no es difícil concluir que el riesgo debe comprenderla, inclusive cuando decide irse.

 

La clave está en los fundamentos sociales de la empresa, sea local o extranjera, y económicos. No solo puede ser objeto de reclamación si obtuvo algún privilegio en su instalación, sea en forma de terreno industrial, subvenciones, beneficios fiscales o aduaneros, sino, también, por la pérdida, el pasivo inmaterial, que deja detrás. Puede irse cuando quiera, pero debería pagar por ello. Y no solo lo que le corresponde por ley u obligaciones contractuales: debe pagar por el daño emergente.

 

Cualquiera puede pensar que estamos proponiendo un impuesto a la deslocalización y no estará desencaminado. La deslocalización es, en alguna medida, un buy-out, cuyo precio no está ni forma parte, hasta ahora, de las condiciones generales del contrato en cuya virtud el mercado me permite ganar todo el dinero que pueda, siempre que no dañe ni perjudique a los otros.

 

Ahora que se afronta la reflexión sobre el Impuesto de Sociedades, es oportuno añadir la salida como un hecho imponible expreso.