LA REFORMA FISCAL VERDE

La idea de la reforma tributaria es buena,pese a su deficiente resultado intelectual,como se puede deducir de la incompleta disciplina de la renta del ahorro o del beneficio de sociedades.La idea es buena porque el eje sería:disminuir la presión fiscal sobre el ahorro y los bajos salarios,compensando la diferencia con la fiscalidad ambiental,los impuestos verdes.De los hombres a las cosas.Lo que pasa es que el tema aparece rodeado por el misterio.Ninguno sabe a ciencia cierta de que hablamos cuando hablamos de reforma fiscal verde.

El origen,como casi siempre,viene de los paises nórdicos que asumen el doble dividendo de la fiscalidad ambiental.Por un lado,para disminuir la carga sobre el ahorro y las empresas y,por otra,para implementar tributos que recauden y sirvan para la conservación y sostenibilidad del bien ambiental(agua,suelo,aire,residuos).

A lo largo de la década de los noventa se introducen los impuestos verdes en los sistemas tributarios de los paises europeos más serios.Y se hace después de consultar a los grupos sociales,económicos,políticos y,básicamente,sin historias,comprendiendo que un impuesto,valga la redundancia,siempre es un impuesto.

Los impuestos verdes sirven para recaudar sobre la definición del bien ambiental que se quiere tutelar.Es infantil defender que el éxito del buen impuesto ambiental consiste en llegar una recaudación cero.Esto es falso,porque siempre conviviremos con un grado de contaminación que permita el crecimiento económico sin sacrificio definitivo e irreversible de los recursos naturales.Por tanto,el impuesto verde está aquí para quedarse,porque el gasto público medioambiental será creciente y estable,como lo es el de educación,justicia,sanidad.Esa certidumbre es la que,además,sirve para descartar otro pensamiento infantil en boga,cual es el de afectar los recursos derivados a un organismo autónomo de gestión,separado de los presupuestos públicos generales,sean del Estado,CCAA o Municipios.Esta tésis ampliamente difusa en España alimenta una parafiscalidad rampante,la creación de Reinos de Taifas,que solo viven de y para la obtención de los ingresos,con despreocupación total de la eficiencia o eficacia de su aplicación.Véase el ejemplo antiguo de las Confederaciones Hidrográficas o más recientes de las diversas Juntas de Agua dispersas por el territorio.

Lo primero,entonces,es que el impuesto verde debe ser como cualquier otro y su recaudación afluir a los presupuestos públicos generales para su gasto ambiental.

Lo segundo,consiste en definir cuales son los objetos tributarios prioritarios de los impuestos verdes.Aquì,lamentablemente,si nos guiamos por algunas experiencias recientes,vamos directos al galimatías,a la confusión absoluta.El impuesto verde,repito,es el que tiene por objeto la conservación y protección del bien ambiental gravemente amenazado por intervención humana.Las prioridades las establece el ambiente:cambio climático,contaminación del transporte,lluvia ácida,residuos,productos nocivos,agotamiento del agua.No es un tema de debate político sobre las actividades económicas que nos agradan más o menos;sino,respecto al deterioro objetivo del bien ambiental y como moderarlo,reducirlo,evitarlo para el futuro.

En Aragón disponen de tributos propios que gravan las grandes áreas de venta o el transporte por cable de personas o mercancías.En Castilla-La Mancha hacen lo mismo sobre determinadas actividades,como la producción de energía eléctrica nuclear.Es legìtimo,aunque se discuta si es apropiado.Lo que no lo es,desde luego,es definir estos tributos como ambientales.

Una cosa,es la actividad económica que puede gustarme o no y otra la tutela del bien ambiental que es un objeto autónomo de mi opinión subjetiva.Puede entenderse que se esté en contra de la energía nuclear,aunque no se diga que no hay otra alternativa viable a corto plazo,o que disgusten las grandes superficies o los teleféricos o las instalaciones que sirven para la producción,almacenamiento o transporte de energía,telecomunicaciones o redes telefónicas.Una cosa es la custodia del territorio por las CCAA,la territorialización del impuesto y otra bien distinta,es la protección de los recursos naturales o la conservación del bien ambiental,la ambientalizaciòn del impuesto.Hay una carrera al exhibicionismo ambiental que no es autèntico,probablemente iniciada con la extinta Ecotasa balear,que gravaba la residencia en hoteles con pretexto de impuesto verde.

Es importante,por tanto,evitar la confusión y no caer en originalidades de patio de colegio.

En primer lugar,como en Suecia,Dinamarca,Noruega,Finlandia,Holanda,Bélgica,el gravamen sobre las emisiones de CO2,dióxido de carbono,que son las grandes responsables del cambio climático.Es un impuesto verde,ya adoptado por algunas CCAA que debería generalizarse(Andalucia,Murcia,Aragón,Castilla-La Mancha,Galicia).

En segundo lugar,en la estela de experiencias similares,gravamen sobre las emisiones de dióxido de azufre y dióxido de nitrógeno,para desalentar la presencia de azufre en determinados combustibles o propiciar la adopción de tecnologías menos contaminantes por las empresas.

En tercer lugar,gravamen sobre combustibles sucios equiparando el tratamiento fiscal entre la gasolina y el gasoleo destinado a motores diesel,como sucede en Gran Bretaña y la conversión del impuesto sobre circulación de vehículos en modo de afectar proporcionalemente màs a los que contaminan más que otros.En Alemania la cuantìa del impuesto se fija por el volumen del motor y el grado de contaminación.O sea,cambiar el impuesto especial sobre Hidrocarburos ,el Impuesto de Matriculaciòn y el Impuesto sobre Vehículos en sentido proambiente.

En cuarto lugar, la introducción de la incineración como actividad predominante para la eliminación de residuos y generación de energía.Es un error persistir en el vertedero.El impuesto verde,como en Gran Bretaña o Francia,debe castigar el vertido,premiando la incineración.La arqueología ecológica sostiene,equivocadamente,que esto es fuente de dioxinas,cuando las plantas incineradoras tienen en la actualidad las exigencias de plena seguridad para el medio y la salud.

En quinto lugar,tambien,deben gravarse aquellos productos que en si mismos son ambientalmente nocivos,tales como fertilizantes,pesticidas o baterías,camaras fotográficas,cuchillas de afeitar desechables,etcétera.

Finalmente,la fiscalidad del agua.Es necesario,en mi opinión,crear un impuesto general sobre el consumo del agua,el tratamiento y los vertidos prohibidos,cuya recaudación se distribuya entre el Estado y las CCAA o exclusivamente a favor de éstas.Pero,lo que parece absolutamente irracional es la realidad de tantas autoridades del agua como autonomías existentes,cada una con su recurso afectado y sin mayores posibilidades de gestión de un recurso escaso que debiera tratarse como un bien necesario,pero de lujo,en términos de ahorro,conservación,entretenimiento y suministro.Dicho en términos simples,hasta que el vaso de agua no cueste al público como el de whisky no nos daremos cuenta de la verdad de los costes que soportan su abastecimiento y el riesgo que supone el despilfarro para nuestro futuro.El modelo es Alemania:ley,parámetros técnicos comunes e impuesto coordinado.Lo importante es acabar con la parafiscalidad del agua:una figura que gire en torno a los metros cúbicos consumidos,corregido sea en función del uso y de las infraestructuras de saneamiento y depuración y del mínimo consumo exento,a favor de las rentas mas bajas.