Intercambio internacional de información tributaria
La información ofrece a cualquier ordenamiento público interesado la ocasión jurídica de conocer y adquirir los elementos, datos y documentos que, con distinto efecto, sirven para el ejercicio de la potestad administrativa tributaria.
La noticia es el objeto de relación comunicacional y su interés es propiamente discrecional, tanto en el emitente como en el receptor. La relación jurídica es consecuencia de la discrecionalidad administrativa entre dos o más Estados actuando finalidades que no son correlativas sino que pueden ser correspondientes por la fungibilidad de los intereses: el emitente puede ser receptor y viceversa.
La finalidad del intercambio de información es la del suministro de actos, datos, documentos que sean útiles a los sistemas tributarios implicados.