Reseña sobre el libro “Impuesto. Democracia, Coerción y Estado”

Reseña de la Profesora Agustina O’Donnell

Jueza del Tribunal Fiscal de la República Argentina

27 de febrero de 2023

En su último libro “Impuesto. Democracia, coerción y Estado” el Profesor Tulio Rosembuj vuelve a poner en duda mucho de lo aprendido -y de lo enseñado- hasta ahora en materia tributaria.

Parece así que el interés fiscal no es solamente del fisco, sino que en él también se interesa la ciudadanía, el ciudadano de a pie: “El interés fiscal no es de la Administración en solitario, sino compartido con el contribuyente, para conseguir los recursos tributarios establecidos”. Y esta definición, a su vez, permite redefinir muchas otras, inclusive principios constitucionales, como el de capacidad contributiva y el de generalidad.

Es que la pandemia COVID, al igual que otras crisis sistémicas, requieren la obtención de ingresos para hacer frente a sus estragos.

Parece también que el impuesto es el precio que pagamos por haber elegido vivir bajo sistemas democráticos o en estados democráticos, el costo de tener derechos que el sistema elegido por mayoría conlleva.

Rosembuj, como los profesores norteamericanos Holmes y Sunstein en “El costo de los derechos”, convence rápidamente que las contribuciones son mucho más que uno de los recursos financieros de la Administración Pública: “El impuesto es hoy una cuestión de solidaridad antes que de autoridad enfática: la seguridad humana y la dignidad son las bases del sistema político, moral, ético y jurídico. No se trata solo de la defensa de la seguridad del Estado Nación de la agresión externa, sino, también, de la protección de la vida cotidiana de las personas, la seguridad humana”.

Bajo este prisma, de nuevo, escasamente aprendido y enseñado en la disciplina tributaria, el incumplimiento tributario, más que una infracción por lesión a un interés meramente administrativo, según la tradicional calificación de Goldschmidt para diferenciarlo del injusto penal, es un incumplimiento a un deber ciudadano, una ofensa a la comunidad, de falta de solidaridad con ella.

A partir de ello, Rosembuj cuestiona la eficacia del régimen tributario sancionador, que produce lo que denomina como una hipertrofia penalizante administrativa, ya que “…no repara entre el cumplimiento de los deberes principales de pago y los deberes formales, secundarios, accesorios, que los acompañan”. Y concluye que “El riesgo y la ofensa jurídica no lo realizan los que cumplen, sino los que incumplen en modo sustancial”, por lo que reconoce que el régimen sancionador sí es de inevitable existencia para combatir los riesgos sistémicos, es decir la evasión y la elusión de la renta fiscal, el daño ambiental, el daño societario mercantil, local y transnacional que implican una verdadera ofensa al deber de solidaridad. Lo que Tulio insiste que realmente nos debería preocupar.

Quizás uno de los principales aportes de esta nueva obra, es la propuesta que hace Rosembuj de desaplicar de una vez por todas las infracciones que no sean graves o sean irrelevantes que contribuyen a la complejidad de un sistema tributario de por sí complejo, y otorgar el beneficio de la duda al contribuyente que una vez advertido cumple con su obligación de pago.

Por último, Rosembuj agrega más elementos al concepto de democracia fiscal que comenzó a desarrollar en sus últimos trabajos: esta vez, la transparencia y con ella la accountability que esta práctica permite ejercer.

Dice así que “El valor democrático inspira el principio común de transparencia e información, un modo de ser y actuar sea para tutela de los interesados o a fin de control social sobre la organización del Estado”. Y sin descuidar la importancia que tiene el derecho a la intimidad, no duda en propiciar una mayor apertura del secreto fiscal en aras de una mayor legitimidad democrática, ya que “La opacidad tributaria no favorece el cumplimiento del particular y es la mejor salvaguardia para la impunidad e inmunidad de los hechos lesivos (elusión y evasión, blanqueo de capitales, corrupción)”.

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